Miércoles, 09 Octubre 2024
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De la Cruz afirma que el derecho a la reelección continua o discontinua no existe en Bolivia

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A partir del informe reciente 121/2024 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CDIH), el derecho a la reelección continua o discontinua no existe en Bolivia, reiteró este sábado el abogado constitucionalista, Roberto De la Cruz.

El problema de la reelección continua o discontinua aquí termina, janiwa utjkiti, no hay la reelección continua o discontinua ya en Bolivia, porque el derecho humano de una sola persona no puede estar por encima del derecho colectivo de la sociedad”, alegó.

Explicó que el informe 121/2024 de la CIDH no amerita ninguna interpretación, pero sí es vinculante y de cumplimiento obligatorio por el Estado boliviano.

A pesar del informe de la CIDH, que valida la Sentencia Constitucional 1010/2023, del 28 de diciembre de 2023 del Tribunal Constitucional Plurinacional que anula la reelección indefinida, Evo Morales insiste en ser habilitado para participar en las elecciones presidenciales en 2025 y anunció que acudirá a instancias internacionales en ese propósito

No obstante, De la Cruz argumentó que CIDH señaló que la “sentencia constitucional 1010/2023 resuelve el problema de la reelección en Bolivia señalando que la reelección continua no puede ir en contra del artículo 168 de la Constitución Política del Estado de Bolivia”. “Solamente puede repostularse por una sola vez, es decir, máximo de 10 años y no hay más”, remarcó.

Primero, la CIDH interpretó de manera literal porque examinó el texto de los artículos de la Constitución Política del Estado, que regulan los derechos políticos y la duración de los mandatos presidenciales.

En segundo lugar, aplicó el principio de proporcionalidad que “consiste en asegurar que la decisión adoptada es adecuada, necesaria y proporcional para alcanzar un fin legítimo”.

También se aplicó la interpretación conforme con derechos humanos al interpretar las normas constitucionales en consonancia con los tratados internacionales de derechos humanos, ratificados por Bolivia.

Asimismo, hay una interpretación evolutiva porque la norma constitucional refleja los cambios y la evolución de la sociedad como los valores contemporáneos, sostuvo.

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