Lunes, 05 Mayo 2025
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TATIANA HERRERA: Concejalas de Evo Morales violaron la Ley No. 045 por discriminación a sus opositores

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Durante los últimos días surgieron una serie de versiones y denuncias sobre posibles casos de odio, racismo y discriminación de parte de dos concejalas de Evo Morales que proliferaron insultos denigrantes contra otras autoridades, violando la Ley No. 045 que sanciona este tipo actos que viola cualquier principio de los derechos humanos, opina la experta psicóloga, Tatiana Herrera.

En Bolivia, los politicos tienen todo el derecho de denigrar, humillar y proliferar insultos de gran calibre, como los hacen dos concejalas del evismo que usan adjetivos calificativos degradantes y denigrantes, contra otras personas

Las concejalas Escarlen Terrazas y Silvia Soliz usan términos ultrajantes, violando la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación. “Lamentablemente en Bolivia aun no se aplica la Ley contra los poderosos, contra los patrones de política que gozan de impunidad permanente”, opino.

La ley 048 señala: que persona que arbitrariamente e ilegalmente obstruya, restrinja, menoscabe, impida o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos, por motivos de sexo, edad, género, orientación sexual e identidad de género, identidad cultural, filiación familiar, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, opinión política o filosófica, estado civil, condición económica o social, enfermedad, tipo de ocupación, grado de instrucción, capacidades diferentes o discapacidad física, intelectual o sensorial, estado de embarazo, procedencia regional, apariencia física y vestimenta, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a cinco años.

La ley N° 045 del 8 de octubre de 2010 sobre Ley contra el racismo y toda forma de discriminación tiene por objeto establecer mecanismos y procedimientos para la prevención y sanción de actos de racismo y toda forma de discriminación en el marco de la Constitución Política del Estado y Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

Ley N° 045 contra el Racismo y toda forma de Discriminación tiene por objetivos eliminar conductas de racismo y toda forma de discriminación y consolidar políticas públicas de protección y prevención de delitos de racismo y toda forma de discriminación.

La Discriminación se define  a toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual e identidad de géneros, origen, Ley N° 045 contra el Racismo y toda forma de Discriminación cultural, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica, social o de salud, profesión, ocupación u oficio, grado de instrucción, capacidades diferentes y/o discapacidad física, intelectual o sensorial, estado de

embarazo, procedencia, apariencia física, vestimenta, apellido u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por la

Constitución Política del Estado y el derecho internacional.

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