Lunes, 12 Mayo 2025
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Alcalde de Cotoca convirtió a la Comuna en una “empresa inmobiliaria” donde se estafa y engaña a gente pobre

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El alcalde municipal de Cotoca,  Raúl Gonzalo Alvis Claudio y el presidente del Concejo Municipal, Coco Añez Carrasco y otros funcionarios, estarían protegiendo a traficantes de tierras y se pide una profunda investigación sobre el comercio de la venta de lotes. La autoridad edil protege a traficantes de tierras, piden investigación sobre el comercio de venta de lotes

De acuerdo a una denuncia, se describe que la alcaldía municipal de Cotoca se ha convertido en una empresa inmobiliaria, donde hacen grandes negocios con la venta y transferencia de terrenos sin ningún tipo de documentos.

“La Dirección del Plan Regulador, la Dirección Jurídica, la Dirección de Titulación de Tierras y el operador y recaudador económico a cargo de la Dirección del Catastro Paul Ardaya Dorado, se constituye en los generadores económicos y de la recaudación paralela”, dice el contenido de la denuncia.

Por el momento se guarda en reserva la fuente informativa sobre el caso de tráfico de tierras en la alcaldía de Cotoca en el departamento de Santa Cruz.

Sigue la acusación: “En la alcaldía de Cotoca, existe una asociación delictiva de venta de lotes. Durante todo el periodo del alcalde Coco Añez se amasaron fortunas incalculables”, prosigue el texto. Este caso del comercio de tierras, es de conocimiento de algunos parlamentarios de Santa Cruz quienes se comprometieron a investigar esta grave denuncia.

“Las autoridades municipales de Cotoca se prestan a grandes negociados. Los funcionarios municipales aprueban adjudicaciones utilizando leyes y resoluciones ya abrogadas. De manera absolutamente ilegal el exalcalde de Cotoca Coco Añez, conjuntamente la Dirección Jurídica mediante Resolución Administrativa de Adjudicación No. 240/14 de 11 de noviembre de 2014 decidieron REGALAR un lote de terreno de 9.999.94 m2 con código catastral No.  070102 - 497136 - 8047599 a favor de la Sra. Karla Andrea Roca Vaca, alegando como fundamentó las disposiciones legales previstas en los Arts. 4 numeral 3), 5 numeral 4), 8 numeral 2), Capítulo VI, 79 y 126 de la Ley de Municipalidades No. 2028”, expresa textualmente la denuncia.

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