Viernes, 29 Marzo 2024
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“Durante el Gobierno de Evo Morales, miles de personas fueron exiliadas, perseguidas, encarceladas y torturadas”

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El ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, afirmó que Evo Morales y “el entorno” que lo acompañó en su gobierno utilizan “mentiras crónicas desmedidas” porque “les revienta el hígado” que el sujeto histórico, el bloque popular, haya despertado.

Ubicó como parte de ese accionar las acusaciones de Morales, quien en su programa dominical, afirmó que “hay una mafia que gobierna Bolivia”.

“El verdadero sujeto histórico despertó y se dio cuenta que no por los intereses de una persona se pueden sacrificar los intereses de toda una nación. Eso le revienta el hígado a un puñado de personas, hablando improperios basados en la mitomanía, o las mentiras crónicas desmedidas”, aseveró Del Castillo en un post en su cuenta de Facebook.

Antes, enfatizó que “el sujeto histórico es el bloque popular, no una persona”.

Argumentó, además, que “la pésima lectura de ‘el entorno’ (de Morales) desde el 2016, puso en riesgo la vida de miles de personas, que lamentablemente muchas fueron exiliadas, perseguidas, encarceladas, torturadas y otras incluso perdieron la vida”.

Ese año, se realizó en Bolivia el referendo por la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado con la que Morales pretendía una nueva reelección para el periodo 2020-2025.

Sin embargo, el 51,3% de los electores rechazó la reforma; pese a ello, Morales, junto a sus partidarios, impulsó una consulta interpretativa ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) sobre varios artículos de la Constitución, entre ellos, el 168, e invocó la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El TCP acogió la petición y emitió la sentencia 0084/2017 concediendo a Morales la oportunidad de volver a postular en las elecciones de 2019, alegando que se trataba de “un derecho humano”.

Morales volvió a postular en las elecciones de 2019, dimitió el 10 de noviembre luego de la “sugerencia militar” en medio de las protestas sociales que se extendieron en varias capitales.

Cuando Morales ya se encontraba en México, el gobierno de facto de Jeanine Áñez ordenó la represión militar-policial en contra de las protestas que respaldaban al expresidente.

Más de una treintena de personas perdieron la vida por impacto de bala, en las masacres de Senkata y Sacaba, como las definió el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

El pasado 28 de diciembre, el TCP restituyó la vigencia del artículo 168 de la Constitución con la sentencia 1010/2023 y determinó, invocando el criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-28/21 de 7 de junio de 2021, solicitada por la República de Colombia, que “la reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos”.

En conclusión, la CIDH consideró que la prohibición de la reelección presidencial indefinida tiene una finalidad acorde con el artículo 32 de la Convención, ya que busca garantizar la democracia representativa, sirviendo como salvaguarda de los elementos esenciales de la democracia establecidos en el artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana.

En particular, la prohibición de la reelección presidencial indefinida busca evitar que una persona se perpetúe en el poder, y, de este modo, asegurar el pluralismo político, la alternancia en el poder, así como proteger el sistema de frenos y contrapesos que garantizan la separación de poderes.

En esa línea, el TCP estableció que el presidente y el vicepresidente sólo pueden ejercer su mandato por dos periodos continuos o discontinuos.

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